Gracias por visitar nuestro diccionario jurídico. Continúe leyendo, si desea saber la definición de seguro de vida.
El seguro de vida es un contrato de póliza que suscribe una persona física con una compañía aseguradora con la intención de que la compañía de seguros realice el pago de determinada cantidad de dinero en favor de los beneficiarios o herederos de la persona que suscribe la póliza en caso de fallecimiento de esta. Existen diferentes modalidades y variantes de este tipo de seguro que lo combinan con un plan de ahorro para la jubilación a modo de complemento.
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